jueves, 16 de julio de 2015

EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) AMÉRICA DEL SUR

En proyección al análisis y estudio comparado del impuesto sobre el valor agregado el cual es conocido también por sus iniciales IVA, en correlación a América del Sur el cual está integrado por Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Guyana, Paraguay, Perú,  Trinidad y Tobago, Uruguay y Venezuela  antes de entrar en consideración del tributo es importante destacar que este representa una carga fiscal sobre el consumo de bienes y servicios aplicados en los países ya que, el mismo no es percibido por el fisco directamente, sino por el vendedor en el momento de toda transacción comercial y luego es cuando la empresa por medio de la diferencia entre el crédito y el débito fiscal es que la empresa cancela al fisco lo concerniente a esta tributación, como complemento según el artículo publicado en la página “el mundo” describen el IVA como “ un tributo o impuesto de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo y grava: las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por empresarios y profesionales.”

Ahora bien el siguiente cuadro muestra las tasas vigentes en algunos países, incluyendo las tasas especiales que suelen implicar reducciones o aumento de la alícuota para determinados bienes y servicios por lo general son bienes de consumo básicos o ciertas categorías de personas o zonas.



En relación con la información suministrada se puede evidenciar que Venezuela posee entre los países de América del Sur un porcentaje bajo en correlación a las tasas estipulada para el cálculo de la retención del IVA. En Venezuela el impuesto que recae sobre las operaciones de bienes o servicios antes mencionadas están reguladas por la Ley de Impuesto al Valor Agregado el cual grava las operaciones realizadas como hecho imponible y hasta tanto la empresa no realice alguna de las actividades señaladas como hecho imponible, no estará sujeta al IVA.

Entre los antecedentes que se encuentran Venezuela posee una fluctuación entre 9% y 16,5% en un lapso de tiempo desde el 1993 hasta la fecha el cual ha generado que entre los países del mundo Venezuela se ubique en el número 34 del ranking entre los países con menores tasa de impuesto al valor agregado desde Mayo del 2009 este posee una alícuota del 12% el cual se ha mantenido.



En conclusión el IVA es uno de los gravámenes más empleados en el mundo prácticamente la totalidad de ellos usan un impuesto sobre el valor agregado o bien manipulan otras denominaciones pero al final viene a aplicarse de la misma forma ya que consiste en aplicar un porcentaje sobre el valor final del producto. A la hora de exportar, es bueno saber qué porcentaje se está aplicando a nuestro producto en un país en concreto para poder saber el precio final de venta.


Referencias Utilizadas
Economía y negocios el mundo. (s/f) IVA (IMPUESTO AL VALOR AGREGADO) Recuperado en: http://www.elmundo.com.ve/diccionario/iva-(impuesto-al-valor-agregado).aspx
Impuesto al valor agregado. (2015, 9 de julio). Wikipedia, La enciclopedia libre. Fecha de consulta: 19:06, julio 13, 2015 desde https://es.wikipedia.org/w/index.php?title=Impuesto_al_valor_agregado&oldid=83682701

sábado, 9 de mayo de 2015

PLAN DE LA PATRIA.
Ante todo, al dar inicio a un tema que ocasiona polémica entre los ciudadanos es importante destacar su esclarecimiento y disquisición literal, que se proyecta en un entorno socio-político como lo es El Plan De La Patria, por consiguiente es bienquisto según la Ley Orgánica De Planificación Pública y Popular en su  Artículo 26 de la siguiente forma como:
 “El instrumento de planificación mediante el cual se establecen las políticas, objetivos, medios, metas y acciones dirigidas a darle concreción al proyecto nacional plasmado en la Constitución de la República, a través de la intervención planificada y coordinada de los órganos y entes del Poder Público e instancias del Poder Popular, actuando de conformidad con la misión institucional y competencias correspondientes.”
Según se ha citado, particularmente el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación es considerado como el planteamiento de los objetivos (históricos, nacionales y estratégicos) como base para su gestión política nacional para el desarrollo socio-económico del país; en materia a este, se destaca en cuanto El Plan De La Patria 2013 – 2019, que su proyecciones están basadas en los principios y valores que estipula la carta magna, por otro lado se encuentra el manejo del ingreso público al igual que, la planificación de la inversión pública en relación al presupuesto anual o plurianual como se establece en Venezuela ; en tal sentido, el régimen tributario y fiscal avala la defensa y garantía de los logros de políticas sociales que radica en la calidad de vida de la ciudadanía. De igual manera, se contextualiza que la recaudación fiscal estará fraguada equilibradamente con acciones estratégicas es tipificadas en los programa de la nación, análogamente se proyectan a un entorno eficiente y eficaz en la semántica social económica y política de la nación.
Así mismo, incidentalmente encontraremos ilustrado en El Plan De La Patria 2013 – 2019  los siguientes objetivos literalmente textualizados:
Ø  Objetivo Histórico: convertir a Venezuela en un país potencial
Ø  Objetivo Nacional: tener el control económico de nuestro país
Ø  Objetivo Estratégico Generales:
·          Consolidar un poderío político económico y social la cual requiere entre otras metas, la definitiva irrupción del estado democrático y social de derecho y justicia.
·          Desarrollar el poderío económico nacional aprovechando de manera óptima las particularidades que ofrece nuestros recursos.
·          Desempeñar un papel protagónico en el proceso de construcción de la Unidad Latinoamericana y Caribeña impulsando la alianza Bolivariana para los pueblos de nuestra América (ALBA y Petrocaribe), así como dinamizando los nuevos espacios regionales, la unión de naciones sudamericanas (UNASUR) y la comunidad de Estado Latinoamericano y Caribeña (CELAC)
En síntesis El Plan De La Patria 2013 – 2019  abarca una convergencia textual, a un desarrollo infraestructural en un entorno organizativo relativamente destinado al bienestar social, más sin embargo, aclarando que este enfoque como se ha dicho anteriormente es literalmente textual, inescrupulosamente se podría decir, que en convergencia a las ideas sociales respetando proyecciones individualistas es axiomático metafóricamente a la realidad evidente de la eficiencia y eficacia de lo dicho en los planteamientos de los proyectos y objetivos en correlación al hecho de su realización.
En conclusión estructuralmente parlamentando en relación al El Plan De La Patria está diseñado con estrategias y objetivos claramente aceptables, presentando proyectos congruentemente factibles plausibles socialmente, dando a conocer un confort de bienestar civil, no obstante sin tomar en consideración las contingencias de las proyecciones futuras fortuitas o divergentes en su realización.
Referencias utilizadas
Gaceta Oficial Nº 6.011 Extraordinario del 21 de diciembre de 2010. “LEY ORGÁNICA DE PLANIFICACIÓN PÚBLICA Y POPULAR”. Disponible en: http://www.minamb.gob.ve/files/leyes-2011/No6011lorgplanificacionpp.pdf
Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela No 6.118 Extraordinario, 4 de diciembre de 2013 “ley del plan de la patria”. Disponible en: http://www.onapre.gob.ve/index.php/publicaciones/descargas/finish/36-ley-del-plan-de-la-patria-2013-2019/209-ley-del-plan-de-la-patria-2013-2019

jueves, 23 de abril de 2015

Clasificador presupuestario público nacional en Venezuela
En bifurcación al desarrollo del siguiente blog es importante explicar brevemente lo que es el presupuesto; ahora bien, este es considerado como el conjunto de decisiones o planes que conjuntamente administran, controlan y encausan la actividad económica de un país, bien sea estadal, municipal o comunal; así como también, desde una proyección a largo, mediano y corto plazo recordando que los presupuestos establecidos en Venezuela se realizan de manera plurianual; cabe agregar, que el mismo es una manera encaminada a la distribución de la riqueza como bien nos explica Ever Uzcátegui (2009) en su artículo Presupuesto Público en Venezuela en el cual expone que:
 “Uno de los componentes del plan operativo anual es el presupuesto del sector público, a través del cual se procura la definición concreta y la materialización de los objetivos de dicho sector. la concepción moderna del presupuesto está sustentado en el carácter de integridad de la técnica financiera, ya que el presupuesto no sólo es concebido como una mera expresión financiera del plan de gobierno, sino como una expresión más amplia pues constituye un instrumento del sistema de planificación, que refleja una política presupuestaria única”
Según se ha citado podemos afirmar que el presupuesto viene dado por el plan de la patria el cual trata de “cumplir al máximo” los objetivos establecidos en una administración convergente a una política sublime. Tomando como referencia el clasificador entre los años 2012 hasta la actualidad podremos evidenciar cambios y similitudes entre estos periodos como se evidencia en el siguiente recuadro (esta información es recopilada de la página oficial de ONAPRE).
Característica
Año 2012
Año 2013
Año 2014
Año 2015
Objetivos: entre  los objetivos presupuestarios planteados en los últimos años es el mismo al actual sin presentarse modificación alguna sobre los mismos.
Identificar y registrar la totalidad de los flujos de origen y aplicación de los recursos financieros.
Interrelacionar y presentar la información presupuestaria sobre bases homogéneas y confiables, facilitando la integración de los sistemas de administración financiera del Estado.
Registrar por partida simple y por partida doble, toda transacción económica y financiera, haciendo posible la modernización y una mayor transparencia de la gestión pública.
Realizar el seguimiento periódico de la ejecución presupuestaria de pagos, de inversiones y de crédito público, así como el cierre legal del presupuesto
Base legal:
Aunque la gaceta presento modificaciones, el artículo descrito y de carácter competente no argumentó ninguna modificación con el tiempo.
La Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público - Loafsp, publicada en Gaceta Oficial N° 38.648 del 20 de marzo de 2007, establece en su artículo 3 que “Los sistemas de presupuesto, crédito público, tesorería y contabilidad, regulados en esta Ley así como los sistemas tributario y de administración de bienes, regulados por leyes especiales, conforman la administración financiera del sector público. Dichos sistemas estarán interrelacionados......”; y por otra parte, el Reglamento N° 1 de la citada Ley prevé las técnicas de programación presupuestaria y los clasificadores de gastos e ingresos que serán utilizados para ello.
Última reforma publicada en Gaceta Oficial
Gaceta Oficial N° 39.465 del 14/07/2010,
Gaceta Oficial N° 39.955 del 29/06/2012,
Gaceta Oficial N° 39.955 del 29/06/2012,
Gaceta Oficial N° 40.311 del 09/12/2013,
Modificación del clasificador del presupuesto en correlación a los recursos y egresos con vigencia a cada año

Creación de partidas;
Desincorporación de partidas(sobre los egresos del presupuesto )
Cambio de denominación y descripción de partidas(ingresos y egresos)
Cambios y modificaciones en las denominaciones y/o descripciones; Creación de partidas(en referencia a los recursos y egresos del presupuesto )
Creación de Códigos Presupuestarios; Supresión de Códigos Presupuestarios.
(sobre los egresos)

Creación de Códigos Presupuestarios (en correlación a los egresos)Cambio de denominación y descripción de Códigos Presupuestarios
Las modificaciones realizadas al Clasificador Presupuestario de Recursos y Egresos, relacionadas con la apertura de nuevos códigos, son publicadas en Gaceta Oficial; así como también, Las modificaciones realizadas en las descripciones de los códigos es potestad de la Oficina Nacional de Presupuesto (Onapre).

Según este orden de ideas se da a conocer en un recuadro lo que se podría decir una comparación breve de los planes de presupuesto anuales de Venezuela; más sin embargo, cabe destacar que las modificaciones o la estructuración del presupuesto ha presentado cambios sobre todo en referencia a lo que es el clasificador de cuentas; en proyección a las actividades, en un enfoque encausado a los objetivos es contundentemente indisoluble en su elaboración y análisis; ahora bien para conocer una poco más sobre este, podemos ubicarnos en lo que es su misión como organismo el cual dice que:
 “La Oficina Nacional de Presupuesto, es el Órgano rector del Sistema Presupuestario Público Nacional, proporcionando asistencia técnica en las diferentes etapas del proceso presupuestario a los órganos y entes regidos por la Ley Orgánica de Administración Financiera del Sector Público (L.O.A.F.S.P), con el fin de generar las condiciones que garanticen la gestión de las finanzas públicas, en el marco de los principios constitucionales y legales que la rigen.”
De manera crítica se podría dar a conocer que dicha organización aporta es un soporte superficial de lo que es el presupuesto, más sin embargo, el acoquinamiento contundente de cada uno implica la carencia de proyecciones futuras mediante un análisis sintomático y continuo sobre las políticas y contingencias en el día a día al claudicar con las exigencias sociales que convergen a la coordinación ampliamente del desarrollo de los mismos en un mundo cambiante y lleno de nuevos avances ratificando el bienestar y la analogía de los aspectos fortuitos que divergen en amplias opiniones. Ahora bien dando a conocer lo que es la visión expuesta por ONAPRE sobre lo que se refiere al presupuesto su encause radica en que:
 “La Oficina Nacional de Presupuesto se proyecta como la oficina rectora que integra a su función de control presupuestario, la interrelación con los demás sistemas administrativos y financieros públicos como mecanismo para el seguimiento de la productividad y/o eficiencia del gasto público mediante la innovación de sus procesos y el énfasis en la calidad de su recurso humano”.
En continuidad a lo que se ha suscitado presupuestariamente, esta es legalmente proyecta a un método para la cuantificación y calificación de las actividades y proyectos parcialmente establecidos plurianualmente para la satisfacción; en un control presupuestario, debe considerarse todos sus aspectos regionales municipales y estadales como antes se había descrito bien sea a cortos o largos periodos, la principal idea es interrelacionar los diferentes mecanismos administrativos-financieros para reducir aspectos negativo y elevar un amplio desenvolvimiento de las organizaciones eficientemente en su entorno de vivacidad, así como también, reflejando un predominio eficaz en los resultados que el mismo arroje.
En conclusión no hay vientos favorables para quienes no saben hacia donde van, es por ello que situacionalmente un buen desarrollo presupuestario es ampliamente una idea hacia donde nos dirigimos y con que contamos para el proceso, de nada sirve si se establece un buen mecanismo metodológico si este no será escalonado mediante estrategias que nos faciliten la verificación eficiente y eficaz de las actividades protocoladas conjuntamente a la convergencia de ideas de todos los organismos que integren la administración veraz de todos los presupuestos que conciban un presupuesto general para allí ser distribuido en faenas proyectadas a un mismo punto de manera equilibrada y proporcionadas a las exigencias que se presentan en la actualidad.
Referencias Consultadas
EVER UZCÁTEGUI (2009). Disponible en: http://ever-uzcategui.over-blog.es/article-30883943.html.
ONAPRE. Consultado el 18/04/2015 disponible en: http://www.onapre.gob.ve/index.php/publicaciones/descargas/viewcategory/30-clasificadores-presupuestarios.